sábado, 3 de noviembre de 2018

La RAE y la actualidad más inmediata

OS INTELECTUALES Y ESPAÑA

Económicamente maltrecha, amenazada por presiones políticas y con un escenario de luchas de poder tras la marcha de Darío Villanueva, la RAE sigue limpiando, fijando y dando esplendor por lingüistas como él.
"Por proteger al catalán, se deniega en la escuela el dominio del español. Se está haciendo un daño irreparable".
Pocas personas como él pueden analizar la actual situación de nuestro idiomal. Salvador Gutiérrez Ordóñez (Bimenes, 1948) tiene además una visión particular, pues es el responsable del departamento de "Español al día" de la Real Academia Española (RAE) y también forma parte del consejo asesor de la Fundación del Español Urgente, la Fundéu BBVA.

¿Qué importancia tiene el lenguaje en nuestra vida?
La lengua es uno de los atributos más internos del hombre. El hombre crea la lengua y la lengua crea al hombre. Son dos direcciones que están puramente interrelacionadas. Además, la lengua es el vehículo de comunicación, de percepción, de ingreso de cultura en nuestra mente. También está íntimamente relacionada con muchos aspectos del conocimiento objetivo, por un lado, y de lo que es el sentimiento, la vivencia, la historia, a fin de cuentas. La lengua es el centro de la cultura y todo pasa por los lenguajes.
¿Qué le parece el actual debate sobre el lenguaje inclusivo?
Hay una ley del desdoblamiento de género: niños y niñas, hombres y mujeres, etcétera. No contradice lo que es la lengua. Pero existe un principio de economía del lenguaje y la lengua lo sigue bastante al pie de la letra. Admite dispendio en algunos casos, como en el lenguaje poético o estilístico. Pero en la comunicación ordinaria no seremos capaces, cuando hablamos, de mantener siempre lo de "niños y niñas", "alumnas y alumnos", "padres y madres". Lo de "todos y todas" se puede mantener en una situación administrativa, cuando uno está en la tarima. Pero cuando baja, eso es prácticamente imposible.
¿Por qué cree que se ha montado tanta polémica?
 El feminismo ha puesto mucho acento en ello. Y yo creo que el razonamiento está equivocado. El uso del masculino genérico no oculta a la mujer, porque el hombre tampoco está incluido. Podrán conseguir que se utilicen los desdoblamientos en determinados escenarios, como cuando hablen en público. Pero es prácticamente imposible que eso se generalice, porque la lengua tiene un principio de economía que no lo permite. ¿Qué se consigue con todo esto? Que se hable mucho, que haya mucha publicidad, mucho ruido. Y favorece las tesis del feminismo que, por otro lado, todos apoyamos.
 La vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, ha solicitado un informe sobre la aplicación del lenguaje inclusivo en la Constitución española. Y la RAE ha creado una comisión para ello.
Yo no sé qué hará esa comisión. Lo que yo pienso y lo que la Academia pensó cuando Ignacio Bosque hizo su informe sobre la materia es que no tienen sentido los desdoblamientos constantes. En estos momentos las guías de lenguaje inclusivo y no sexista dicen que solamente aconsejan esto en las situaciones administrativas, en las comunicaciones por carta a los padres y las madres de los colegios... Si no lo proponen para todos los ámbitos, es que están reconociendo que no tiene fundamento. Dentro de la RAE hay bastante consenso, porque predominan las posiciones de los técnicos, la gente que conoce el funcionamiento de la lengua. Así que el informe será puramente técnico.
¿Cómo ve la actual influencia del inglés sobre el español?
Las lenguas son permeables. Y buscan la perfección en la expresión. Pero, por otra parte, quieren adaptarse al mundo en que viven, a expresar nuevas realidades. Y hay nuevas realidades que, desde el punto de vista social, político, económico o científico, se captan primero en los países de habla inglesa. En su momento fue el español y exportaba términos.
¿Es una amenaza?
Bueno, debemos hacer que el español sea una lengua moderna que dé nombre a esas realidades, conceptos y maneras de relacionarse. Y que, dentro de lo posible, conserve su identidad. No pasa nada porque el español adopte o adapte términos. Porque ése es el mecanismo: hemos adoptado fútbol y muchas palabras que ya son absolutamente nuestras. Una vez que las adoptamos y las adaptamos, las fagocitamos y las envolvemos, son palabras del español. Lo que no tiene sentido y hay que tratar de evitar es que palabras extranjeras continúen usándose constantemente. Igualmente, hay que intentar no ser bobalicones ni creer que lo dicho en otro idioma es más perfecto y que no se puede adaptar. Todo se puede adaptar.
¿Por ejemplo?
El sufijo 'ing'. Estamos adaptando palabras del inglés con ese sufijo, pero no solamente, sino que también las creamos. Decimos 'vending' y 'balconing'. Es uno de los extremos de ese espíritu de aceptarlo todo. Cuando hay formas de adaptarlo: nosotros tenemos mitin, de 'meeting', y es perfecto. Ése es el camino que hay que seguir.
¿Es el idioma una forma de control social?
El lenguaje es una herramienta importantísima de argumentación, de influencia sobre el interlocutor. Los sociólogos del lenguaje, que estudian la publicidad y la convicción, ven cómo hay determinadas expresiones y formas de comunicarse que influyen sobre los demás. Por ejemplo, la técnica de Hitler de repetir, repetir y repetir para que quede un poso y, de ahí, influir en los demás. Hay metáforas brillantes que parece que anidan mejor en la cabeza de los que reciben el mensaje. También hay técnicas en las que el que emite la propaganda, vamos a decir Trump, propone determinadas medidas que sabe, por el estudio de redes, que están en sintonía con lo que perciben los interlocutores. Y ese mensaje cala más profundo. Por eso el lenguaje es un poderoso instrumento de manejo social e individual hacia los demás.
¿Cómo se puede combatir eso?
Hay que enseñar cómo el lenguaje nos puede engañar. Cuando alguien anuncia algo siempre utiliza palabras que son positivas, brillantes, relacionadas con la felicidad. Cuando alguien insista en ese sentido, ten cuidado, porque es una técnica de convencimiento de masas. Cuando ves que alguien acude a sentimientos primitivos como el miedo o la superioridad de una raza sobre otra, racionalízalo. Por eso es tan importante la enseñanza de la filosofía y de los mecanismos lingüísticos y de imagen. Por ejemplo, ante un ketchup, un niño reacciona mucho mejor si hay una imagen de un muñeco, mientras que los padres reaccionarán mejor si aparece un tomate.Hay imágenes que connotan y palabras que connotan.
¿Qué le parece que la filosofía vuelva al currículo académico?
La filosofía es enormemente importante, porque es la que configura, la que, de alguna manera, hace que el individuo comience a pensar. Y le puede dotar de una mentalidad crítica. La filosofía moral es enormemente importante para saber cómo tiene que comportarse un ciudadano dentro de este mundo lleno de vaivenes ideológicos y mentales, como los que provoca el dinero. También para valorar las cosas que son importantes en la vida.
¿Cómo cree que usan el español los políticos de aquí?
Si estamos esperando que los políticos actuales sean oradores como Castelar y Azaña... pues no. Hay muy pocos que sean así. Lo que sí es verdad es que el lenguaje de los políticos está muy cuidado por los asesores de imagen. Está todo muy medido para evitar reacciones negativas. Es un lenguaje... político [risas]. Se evita tocar cuestiones candentes y términos polémicos, se escabulle por la generalidad y no se entra en el debate. Es curioso, sobre todo en las entrevistas, porque el político trata siempre de no responder al periodista y pensar en el que lo va a leer, la influencia que va a tener. Es un nivel menos culto, más zarrapastroso, pero más cuidado desde el punto de vista de la repercusión social. No importa tanto lo estético como lo práctico.
¿Qué problema de España le parece más preocupante?
Desde el punto de vista externo, la convivencia política. Pero desde el interno, la educación. Que el país sepa ver que el futuro depende de la educación y de la investigación. Hay cosas más visibles y fenomenológicas y otras que son más profundas. De la buena educación depende el progreso de un país y la felicidad de los ciudadanos.
¿Cómo ve la situación del español en Cataluña?
Es un terreno tóxico. A veces, excesivamente. Porque se mezclan factores que no son lingüísticos. Si todos fuésemos lingüistas, estaríamos de acuerdo en que hay que defender que no mueran determinadas lenguas. E incluso se entendería la posibilidad de cierta discriminación positiva para que el catalán, el vasco o el gallego tengan ayuda y se mantengan. Pero la lengua no sólo es cultura, sino que se convierte en bandera política. Eso lleva a que sectores políticos defiendan en determinada lengua no solamente la discriminación positiva sino la discriminación absoluta con peligro para la otra lengua. Y eso es lo que no debería ser.
¿Y qué debería ser?
El castellano lleva viviendo en Cataluña desde hace muchos siglos. Desde los primeros matrimonios constitutivos de Ramón Berenguer hasta ahora hay autores que han escrito en español. Está ahí. El español es una lengua de Cataluña. Los hijos de españoles tienen derecho a que se les enseñe en español. Porque hay una trampa saducea que ya se empleaba en contra del catalán en el franquismo y ahora se emplea a la inversa: no se enseñaba catalán porque ya aprendían catalán en su casa. Y ahora no se enseña español porque los inmigrantes ya aprenden español en su casa. Pero se olvida de que la enseñanza en el dominio formal del español se aprende en la escuela y que proporciona cosas necesarias para la vida, como el dominio de la escritura o de la expresión adecuada. Pero si, por proteger al catalán, se deniega en la escuela el dominio del español, se está haciendo un daño irreparable. Porque luego esa persona cuando quiera presentarse a un puesto de administración no podrá colocarse si no tiene ese dominio formal. Hay estudios que hablan de que muchísimos políticos y muchísima gente culta catalana ya maneja el español con dificultad.
¿Qué lugar cree que ocupa la lengua en los movimientos identitarios?
Vivimos en una era de esquizofrenia. Por un lado está la globalización: todos utilizamos la misma ropa, los mismos teléfonos, las mismas costumbres y nos ponemos los mismos tatuajes que los futbolistas y los jugadores de la NBA. Vivimos casi de la misma manera porque hay una nube de globalización que se apodera de nosotros. Pero, a la vez, buscamos ciertas raíces para seguir siendo nosotros. Ahí entran los movimientos identitarios, que son una reacción. Se busca la identidad en rasgos. Y uno de ellos son las lenguas, igual que la religión, la geografía, la piel... Afortunadamente, todos somos iguales y no hay ningún hombre que sea más hombre ni que tenga más derechos que otro. Pero el peligro de los movimientos identitarios es que se basan en creencias y éstas se desactivan mucho peor que las convicciones. Los argumentos no sirven contra ellas.
¿Está la RAE atravesando una mala situación económica?
Es cierto: los diccionarios no se venden en formato papel. Se ha intentado conseguir cierta financiación a través de las ventas de las aplicaciones digitales. Por otra parte, la Academia recibía una asignación del Gobierno de más de cuatro millones de euros. Desde la crisis ha bajado a 1,6 millones. Pero no solamente eso: se han quitado las subvenciones al Diccionario histórico y a las reparaciones de edificio. Así pues, la RAE está tratando de buscar formas de sobrevivir.
¿Esto ha implicado una paralización de su actividad?
 No, porque, al mismo tiempo ha creado una plataforma para entrar a consultar todos los materiales, incluso los diccionarios, de una manera mucho más adecuada. No queremos convertirnos en una orden mendicante. Y el Estado tiene que valorar si la actividad que hace la Academia es positiva o no, si merece la pena mantener todo esto. Yo creo que es muy positiva, porque está haciendo una política panhispánica enorme y ha publicado una cantidad de trabajos ingentes. No estamos pidiendo una subvención, pero podrían, por ejemplo, comprar copias de esta plataforma que puede ser enormemente útil para la administración o para la enseñanza. Volver a dar ese mismo dinero que daba antes pero no a cambio de nada. No puede dejar morir a una academia que es ejemplar en todo el mundo.
En ese sentido, ¿cómo ve el panorama que se abre con la renuncia del actual director de la RAE, Darío Villanueva?
Todas las situaciones nuevas se dibujan como un interrogante. Todos tenemos preocupaciones y uno de nuestros problemas es la supervivencia económica. Y no digo sólo la supervivencia de los académicos. Porque la RAE son los académicos y más de 80 trabajadores que están posibilitando este milagro. Afortunadamente, la RAE es hoy un conjunto de equipos muy bien formados que no pueden quedar en el aire. Sería un fracaso cultural estrepitoso.
¿Cómo sería un escenario de luchas de poder?
Siempre tiene que haber más de una candidatura, pero lo importante es que la Academia es sabia. Y sabe lo que le conviene, cuáles son los retos y los peligros. Y supongo que sabrá elegir. Porque en momentos difíciles es complicado encontrar una mente clara. Pero surgirá.

martes, 11 de febrero de 2014

EXAMEN DEL DÍA 12.2.2014

EXAMEN DEL 12.2.2014


  Como ya se ha informado en clase, en el examen del día 12.2.2014 los alumnos podrán llevar todos los materiales que consideren precisos (libros, gramáticas, diccionarios, textos, documentos...) excepción hecha de aparatos electrónicos (teléfonos móviles, tabletas, ordenadores, etc...)

   Los materiales que cada alumno decida llevar al examen serán de uso exclusivamente individual, personal e intransferible.

  La revisión de examen tendrá lugar en el despacho 1518 de la Facultad de Educación el miércoles 26 de febrero de 15:45 a 17:45.

viernes, 29 de noviembre de 2013

VÍDEOS DE EXPRESIÓN ORAL

Tema 3. Didáctica de la expresión oral

SABER HABLAR EN PÚBLICO. INSTITUTO CERVANTES



Mundo profesional. Claves para saber hablar en público





Exposición de lengua española





jueves, 7 de noviembre de 2013

Currículum de la ES0

Pág. 48 MARTES 29 DE MAYO DE 2007 B.O.C.M. Núm. 126
Consejería de Educación
1973 DECRETO 23/2007, de 10 de mayo, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece para la Comunidad de Madrid
el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (“Boletín
Oficial del Estado” del 4 de mayo), determina en su artículo 6.2 que
es competencia del Gobierno fijar las enseñanzas mínimas de cada
una de las enseñanzas, es decir, los aspectos básicos de sus objetivos,
competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación, con
el fin de garantizar una formación común a todo el alumnado y la validez
de los títulos correspondientes en todo el territorio español. El
apartado 4 del mismo artículo precisa que las Administraciones educativas
competentes establecerán los currículos de las distintas enseñanzas
reguladas en la Ley, que incluirán dichas enseñanzas mínimas.
Una vez aprobado por el Gobierno el Real Decreto 1631/2006,
de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas
correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria (“Boletín
Oficial del Estado” de 5 de enero de 2007), procede establecer el
currículo de dichas enseñanzas para el ámbito de la Comunidad de
Madrid.
El currículo de la Educación Secundaria Obligatoria debe atenerse
a la definición establecida en el artículo 6.1 de la LOE, y respetar
las enseñanzas mínimas fijadas por el Ministerio de Educación y
Ciencia. Por ello, el currículo que para cada una de las materias se
concreta en el presente decreto incluye una introducción con orientaciones
específicas de carácter metodológico y su contribución a la
adquisición de las competencias básicas; los objetivos que deben ser
alcanzados por los alumnos; los contenidos de los cursos en que se
imparten; y los criterios de evaluación, que precisan el alcance de
los contenidos y permiten valorar su grado de adquisición por los
alumnos.
Corresponderá a los centros docentes desarrollar y completar el
currículo establecido en esta norma, adaptándolo a las características
del alumnado, para su incorporación al proyecto educativo. Conviene
señalar, a este respecto, que las agrupaciones en que se presentan
los contenidos de las distintas materias obedecen a criterios
epistemológicos y no han de ser interpretadas rígidamente como
unidades didácticas que hayan de ser impartidas necesariamente en
ese orden. En todo caso su organización y secuenciación se harán dentro
de cada curso, según la distribución establecida en este decreto.
En la elaboración del currículo se han tenido en cuenta, en primer
lugar, la necesidad de proporcionar a los alumnos el bagaje necesario
para su incorporación al mundo laboral y la de preparar a aquellos
que vayan a continuar estudios, lo que exige una combinación
de rigor científico y flexibilidad suficientes; y, en segundo lugar, los
grandes cambios que a estas edades experimentan los alumnos, lo
que aumenta la complejidad intrínseca de la etapa y obliga a conciliar
la formación común con la necesidad de ofrecer diversidad de
opciones.
Por otro lado, la Educación Secundaria Obligatoria debe suponer
una progresión con respecto a la etapa anterior, completando conceptos,
poniendo de manifiesto las líneas vertebradoras de cada materia,
de forma que los alumnos dominen las destrezas fundamentales
del cálculo matemático, los fundamentos del desarrollo
tecnológico o las lenguas, y, al mismo tiempo, alcancen un conocimiento
suficiente de todas las disciplinas y de sus referencias esenciales,
particularmente aplicadas a España y Europa, como contextos
compartidos, y a la tradición occidental grecolatina de la que
somos herederos. Sólo partiendo de buenas introducciones a las diferentes
disciplinas y de cimientos sólidos y rigurosos puede construirse
una actitud inteligente y crítica ante los retos del futuro.
Los objetivos señalados requieren la toma en consideración de las
diferentes necesidades y expectativas de los jóvenes. Para ello, este
decreto ofrece soluciones diversas: Programas de diversificación,
Programas de cualificación profesional inicial y la posibilidad de
agrupar materias en 4.o curso para configurar itinerarios que orienten
a los alumnos. En todos los casos se trata de caminos por los que
transitarán, según convenga, los alumnos en su empeño de conseguir
el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. El
ejercicio de la libertad de elección, entre las posibilidades ofrecidas,
y de la responsabilidad y compromiso con las decisiones tomadas,
objetivo esencial de todo proceso educativo, contribuirá a la formación
de nuestros adolescentes.
La formación de ciudadanos conscientes y comprometidos con
los valores de la democracia es otro de los grandes objetivos del presente
decreto. Para su logro, se ha concebido con especial cuidado
el currículo de la materia de Educación para la Ciudadanía, evitando
la implantación de una moral desde el Estado y respetando escrupulosamente
los ámbitos de la moral individual, pertenencia exclusiva
de la conciencia personal de los alumnos y de la educación
recibida en el seno de las familias.
El Gobierno de la Comunidad de Madrid es consciente de que la
enseñanza y el aprendizaje son imposibles sin que tengan como base,
y esta ha de ser firme, la responsabilidad del alumno sobre sus resultados,
la asunción del principio de que esos resultados determinan su
futuro y las recompensas obtenidas, la satisfacción por el saber adquirido,
la curiosidad intelectual, derivada de la profundización en
los principios esenciales de cada materia, y el reconocimiento de la
figura del profesor. A ello intenta contribuir el presente decreto. La
entrega de los alumnos a su tarea de estudiantes, el cumplimiento de
sus obligaciones y la idea de que cada uno es dueño de su vida y su
futuro se convertirán en los principales aliados de la autoridad intelectual
y moral de los profesores, que recuperarán así su función primordial:
instruir y formar, inculcando en sus alumnos el deseo de conocimiento
que ellos simbolizan.
En virtud de todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 21 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad deMadrid, a propuesta del Consejero
de Educación, tras el preceptivo informe del Consejo Escolar de
la Comunidad de Madrid y previa deliberación del Consejo de Gobierno
en su reunión del día…
DISPONGO
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
1. El presente decreto constituye el desarrollo para la Educación
Secundaria Obligatoria de lo dispuesto en el Título I, Capítulo III de
la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; así como en
el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen
las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria
Obligatoria.
2 A los efectos de lo dispuesto en este decreto se entiende por
currículo de la Educación Secundaria Obligatoria el conjunto de objetivos,
competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y
criterios de evaluación de esta etapa educativa.
3. Este decreto será de aplicación en los centros docentes públicos
y en los centros docentes privados de la Comunidad de Madrid
que, debidamente autorizados, impartan enseñanzas de Educación
Secundaria Obligatoria.
Artículo 2
Principios generales
1. La etapa de la Educación Secundaria Obligatoria forma parte
de la enseñanza básica y, por tanto, tiene carácter obligatorio y
gratuito.
2. La Educación Secundaria Obligatoria comprende cuatro cursos
académicos, y se organiza en materias diferenciadas. Se cursarán
ordinariamente entre los doce y los dieciséis años de edad.
3. Los alumnos podrán acceder al primer curso en el año natural
en el que cumplan doce años.
4. Con carácter general, los alumnos tendrán derecho a permanecer
escolarizados en régimen ordinario hasta los dieciocho años
de edad cumplidos en el año en que finalice el curso.
5. La Educación Secundaria Obligatoria se organizará teniendo
en cuenta tanto la finalidad de una educación común como la necesaria
atención a la diversidad del alumnado. Para ello, la Consejería
de Educación regulará las medidas organizativas y curriculares de
atención a la diversidad que los centros adoptarán de acuerdo con su
proyecto educativo.
6. En esta etapa, se prestará especial atención a la tutoría personal
del alumnado así como a la orientación educativa, psicopedagógica
y profesional del mismo. A tal fin, la Consejería de Educación
adoptará las medidas oportunas.
B.O.C.M. Núm. 126 MARTES 29 DE MAYO DE 2007 Pág. 49
7. Los centros docentes desarrollarán y concretarán, en su caso,
el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria establecido en
el presente Decreto, y en las normas que lo desarrollen. El resultado
de esta concreción formará parte del Proyecto Educativo del centro.
8. La Consejería de Educación favorecerá la elaboración de
proyectos de innovación, así como de modelos de programación docente
y de materiales didácticos que faciliten al profesorado el desarrollo
del currículo.
9. La Consejería de Educación establecerá el horario semanal
para cada una de las materias de la Educación Secundaria Obligatoria.
10. Las tecnologías de la información y la comunicación estarán
integradas en el currículo.
Artículo 3
Finalidad
La Educación Secundaria Obligatoria tiene como finalidad: transmitir
a los alumnos los elementos esenciales de la cultura, especialmente
en sus aspectos humanístico, artístico, científico y tecnológico;
afianzar en ellos hábitos de estudio y de trabajo que les permitan
aprender por sí mismos; favorecer el trabajo en equipo; formarlos
para que asuman sus deberes y ejerzan sus derechos como ciudadanos
responsables y prepararlos, con las debidas garantías, para su incorporación
a estudios posteriores y para su inserción laboral.
Artículo 4
Objetivos de la etapa
La Educación Secundaria Obligatoria contribuirá a desarrollar en
los alumnos las capacidades que le permitan:
a) Conocer, asumir y ejercer sus derechos y deberes en el respeto
a los demás, practicar la tolerancia, la cooperación y solidaridad
entre las personas y los grupos, ejercitarse en el dialogo
afianzando los derechos humanos como valores
comunes de una sociedad plural, abierta y democrática.
b) Adquirir, desarrollar y consolidar hábitos de disciplina, estudio
y trabajo individual y en equipo como condición necesaria
para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y
como medio de desarrollo personal.
c) Fomentar actitudes que favorezcan la convivencia y eviten la
violencia en los ámbitos escolar, familiar y social.
d) Valorar y respetar, como un principio esencial de nuestra civilización,
la igualdad de derechos y oportunidades de todas
las personas, con independencia de su sexo, rechazando cualquier
tipo de discriminación.
e) Desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes
de información para, con sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos,
así como una preparación básica en el campo de
las tecnologías, especialmente las de la información y la comunicación.
f) Concebir el conocimiento científico como un saber integrado
que se estructura en distintas disciplinas, así como conocer y
aplicar los métodos para identificar los problemas en los diversos
campos del conocimiento y de la experiencia.
g) Desarrollar el espíritu emprendedor y la confianza en sí mismos,
la participación, el sentido crítico, la iniciativa personal
y la capacidad para aprender a aprender, para planificar, para
tomar decisiones y para asumir responsabilidades, valorando
el esfuerzo con la finalidad de superar las dificultades.
h) Comprender y expresar con corrección textos y mensajes
complejos, oralmente y por escrito, en la lengua castellana,
valorando sus posibilidades comunicativas, dada su condición
de lengua común de todos los españoles y de idioma internacional,
e iniciarse en el conocimiento, la lectura y el estudio
de la literatura.
i) Comprender y expresarse en una o más lenguas extranjeras
de manera apropiada.
j) Conocer los aspectos fundamentales de la cultura, la geografía
y la historia de España y del mundo; respetar el patrimonio
artístico, cultural y lingüístico; conocer la diversidad de
culturas y sociedades a fin de poder valorarlas críticamente y
desarrollar actitudes de respeto por la cultura propia y por la
de los demás.
k) Analizar los mecanismos y valores que rigen el funcionamiento
de las sociedades, en especial los relativos a los derechos,
deberes y libertades de los ciudadanos, y adoptar
juicios y actitudes personales respecto a ellos.
l) Conocer el funcionamiento del cuerpo humano, así como los
efectos beneficiosos para la salud del ejercicio físico y la adecuada
alimentación, incorporando la práctica del deporte
para favorecer el desarrollo personal y social.
m) Valorar los hábitos sociales relacionados con la salud, el consumo,
el cuidado de los seres vivos y el medio ambiente, contribuyendo
a su conservación y mejora.
n) Valorar la creación artística y comprender el lenguaje de las
distintas manifestaciones artísticas, utilizando diversos medios
de expresión y representación.
Artículo 5
Competencias básicas
En el marco de las competencias clave para el aprendizaje permanente
definidas por la Unión Europea, las competencias básicas,
como elementos integrantes del currículo son las fijadas en el
Anexo I del Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre. En las distintas
materias de la etapa se prestará una atención especial al desarrollo
de dichas competencias que los alumnos deberán haber adquirido
al finalizar la enseñanza básica.
Artículo 6
Organización de los tres primeros cursos
1. Las materias de los tres primeros cursos de la Educación Secundaria
Obligatoria serán las siguientes:
Ciencias de la naturaleza.
Ciencias sociales, geografía e historia.
Educación física.
Educación para la ciudadanía y los derechos humanos.
Educación plástica y visual.
Lengua castellana y literatura.
Lengua extranjera.
Matemáticas.
Música.
Tecnologías.
2. En cada uno de los tres primeros cursos de la etapa, todos los
alumnos cursarán las siguientes materias:
Ciencias de la naturaleza.
Ciencias sociales, geografía e historia.
Educación física.
Lengua castellana y literatura.
Lengua extranjera.
Matemáticas.
3. Además de las materias indicadas en el apartado anterior, todos
los alumnos cursarán: Educación plástica y visual en los cursos
primero y tercero;Música en segundo y tercero; Tecnologías en primero
y tercero; y Educación para la ciudadanía y los derechos humanos
en segundo.
4. En el curso tercero las enseñanzas de la materia Ciencias de
la naturaleza se organizarán en dos materias (Biología y geología, y
Física y química), manteniendo su carácter unitario a los efectos de
promoción.
5. La Consejería de Educación ordenará la oferta de las materias
optativas a lo largo de los tres primeros cursos de la etapa y establecerá
su currículo, en su caso, y las condiciones para su elección
por parte de los alumnos. En todo caso, dicha oferta deberá incluir
una Segunda lengua extranjera y Cultura clásica.
6. La enseñanza de la Religión se impartirá en cada uno de los
tres primeros cursos de la etapa y se ajustará a lo establecido en la
Disposición Adicional segunda del presente Decreto.
Artículo 7
Organización del cuarto curso
1. En el curso cuarto todos los alumnos cursarán las materias de:
Ciencias sociales, geografía e historia.
Educación ético-cívica.
Educación física.
Lengua castellana y literatura.
Matemáticas.
Primera lengua extranjera.
2. En las condiciones que establezca la Consejería de Educación,
la materia de Matemáticas de cuarto curso se organizará en dos
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opciones, de las que el alumno cursará una: la opción A tendrá carácter
terminal y la opción B carácter propedéutico. Los respectivos
currículos se incluyen en el anexo de este Decreto.
3. Además de las materias indicadas en el apartado 1 de este artículo,
en el cuarto curso todos los alumnos cursarán tres materias de
entre las siguientes:
Biología y geología.
Educación plástica y visual.
Física y química.
Informática.
Latín.
Música.
Segunda lengua extranjera.
Tecnología.
4. Los centros deberán ofrecer todas las materias a las que se refiere
el apartado anterior, agrupadas por opciones que configuren
vías formativas coherentes, de acuerdo con los criterios pedagógicos
y organizativos que establezca la Consejería de Educación.
5. La Consejería de Educación ordenará la oferta de materias
optativas de cuarto curso y establecerá su currículo, en su caso, y las
condiciones para su elección por parte de los alumnos.
6. La enseñanza de la Religión en el cuarto curso de la etapa se
ajustará a lo establecido en la Disposición Adicional segunda del
presente Decreto.
Artículo 8
Objetivos, contenidos y criterios de evaluación de las materias
El currículo de las materias de la Educación Secundaria Obligatoria
para los centros docentes de la Comunidad de Madrid, del que
forman parte las enseñanzas mínimas fijadas en el Real Decreto
1631/2006, de 29 de diciembre, es el que figura en el Anexo del
presente Decreto, en el que se establecen los objetivos, contenidos y
criterios de evaluación de cada materia.
Artículo 9
Evaluación y promoción
1. La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de la
educación secundaria obligatoria será continua y diferenciada según
las distintas materias del currículo. Cuando dicha evaluación sea negativa,
se establecerán de inmediato las adecuadas medidas de apoyo
educativo.
2. Los criterios de evaluación de las materias serán referente
fundamental para valorar tanto el grado de adquisición de las competencias
básicas y de los contenidos como el de la consecución de
los objetivos.
3. El equipo docente, constituido por el conjunto de profesores
del alumno coordinados por el profesor tutor, actuará de manera colegiada
a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de las
decisiones resultantes del mismo, en el marco de lo que establezca
la Consejería de Educación.
4. Los alumnos promocionarán de curso cuando hayan superado
los objetivos de las materias cursadas o tengan evaluación negativa
en dos materias como máximo, y repetirán curso cuando tengan
evaluación negativa en tres o más materias. Excepcionalmente, podrá
autorizarse la promoción de un alumno con evaluación negativa
en tres materias cuando el equipo docente considere que la naturaleza
de las mismas no le impida seguir con éxito el curso siguiente,
que tiene expectativas favorables de recuperación y que dicha promoción
beneficiará su evolución académica.
5. Con el fin de facilitar a los alumnos la recuperación de las
materias con evaluación negativa, la Consejería de Educación regulará
las condiciones para que los centros organicen, en el mes de
septiembre, las oportunas pruebas extraordinarias.
6. Quienes promocionen sin haber superado todas las materias
seguirán programas de refuerzo de acuerdo con lo que establezca la
Consejería de Educación. En todo caso, la superación de las materias
pendientes será tenida en cuenta a los efectos de promoción y,
en su caso, de la titulación prevista en el artículo siguiente.
7. El alumno podrá repetir el mismo curso una sola vez y dos
veces como máximo dentro de la etapa. Cuando esta segunda repetición
deba producirse en el último curso de la etapa, se prolongará
un año el límite de edad al que se refiere el artículo 2. Excepcionalmente,
un alumno podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si
no ha repetido en los cursos anteriores de la etapa.
8. En todo caso, las repeticiones se planificarán de manera que
las condiciones curriculares se adapten a las necesidades del alumno
y estén orientadas a la superación de las dificultades detectadas.
Artículo 10
Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria
1. Los alumnos que al terminar la Educación Secundaria Obligatoria
hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de
la etapa obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria.
2. Quienes superen todas las materias de la etapa obtendrán el
título al que se refiere el apartado anterior. Asimismo podrán obtener
dicho título aquellos que, tras la prueba extraordinaria de septiembre,
hayan finalizado el curso con evaluación negativa en una o
dos materias, y, excepcionalmente en tres, siempre que el equipo docente,
en el marco de lo que establezca la Consejería de educación,
considere que la naturaleza y el peso de las mismas en el conjunto
de la etapa no les haya impedido alcanzar las competencias básicas
y los objetivos de la etapa. Se ponderarán de forma especial la Lengua
castellana y literatura y las Matemáticas, materias instrumentales
básicas.
3. Los alumnos que cursen la Educación Secundaria Obligatoria
y no obtengan el título recibirán un certificado de escolaridad en
el que consten los años y materias cursados.
Artículo 11
Documentos de evaluación
La Consejería de Educación elaborará los documentos de evaluación
que habrán de reflejar el proceso de evaluación del aprendizaje
de los alumnos.
Artículo 12
Atención a la diversidad
1. Las diferentes actuaciones educativas deberán contemplar la
atención a la diversidad del alumnado, compatibilizando el desarrollo
de todos con la atención personalizada de las necesidades de cada
uno.
2. La Consejería de Educación establecerá las medidas curriculares
y organizativas para atender a todo el alumnado y, en particular,
al que presente necesidades específicas de apoyo educativo.
Artículo 13
Programas de diversificación curricular
1. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto
1631/2006, de 29 de diciembre, la Consejería de Educación incluirá,
entre las medidas de atención a la diversidad a que se refiere
el artículo anterior, Programas de diversificación curricular, desde
el tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria y, en las condiciones
establecidas en el artículo 27.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de
Educación, desde segundo.
2. La Consejería de Educación establecerá el currículo de estos
programas, que se atendrá en todo caso al currículo establecido en
este Decreto; las condiciones de incorporación del alumnado; así
como los procedimientos y criterios de evaluación y obtención del
Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Artículo 14
Programas de cualificación profesional inicial
La Consejería de Educación organizará y regulará los Programas
de cualificación profesional inicial, conforme a lo establecido en los
apartados 1 y 6 del artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación,
y establecerá los procedimientos y criterios de evaluación,
promoción y obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria. En todo caso, los contenidos de los módulos
conducentes a la obtención del Título de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria tendrán como referencia el currículo establecido
en este Decreto.
Artículo 15
Autonomía de los centros
1. La Consejería de Educación promoverá la autonomía pedagógica
y organizativa de los centros, favorecerá el trabajo en equipo
del profesorado y su actividad investigadora a partir de la práctica
B.O.C.M. Núm. 126 MARTES 29 DE MAYO DE 2007 Pág. 51
docente. Además, velará para que el profesorado reciba el trato, la
consideración y el respeto acordes con la importancia social de su
tarea.
2. Los centros docentes desarrollarán y concretarán el currículo
y las medidas de atención a la diversidad establecidas por la Consejería
de Educación, adaptándolas a las características del alumnado
y a su realidad educativa, con el fin de atender a todos los alumnos,
tanto el que tiene mayores dificultades de aprendizaje como el que
tiene mayor capacidad o motivación para aprender.
3. Con el objeto de respetar y potenciar la responsabilidad fundamental
de las familias en esta etapa, los centros cooperarán estrechamente
con ellas y establecerán mecanismos para favorecer su
participación en el proceso educativo de sus hijos, apoyando la autoridad
del profesorado.
4. Para favorecer el derecho al estudio de todos los alumnos, el
equipo directivo propiciará un clima ordenado y cooperativo entre
todos los miembros de la comunidad educativa.
5. Los centros, en el ejercicio de su autonomía, podrán adoptar
experimentaciones, planes de trabajo, formas de organización o ampliación
del horario escolar en los términos que establezca la Consejería
de Educación, sin que, en ningún caso, se impongan aportaciones
de las familias ni exigencias para la Consejería de Educación.
Artículo 16
Evaluación de la etapa
1. La evaluación de diagnóstico, regulada en el artículo 29 de la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que realizarán
todos los alumnos al finalizar el segundo curso de la Educación Secundaria
Obligatoria, no tendrá efectos académicos, tendrá carácter
formativo y orientador para los centros e informativo para las familias
y para el conjunto de la comunidad educativa.
2. La Consejería de Educación, conforme a su propio plan de
evaluación, podrá realizar evaluaciones externas, a todos los alumnos,
al finalizar cualquiera de los cursos de la Educación Secundaria
Obligatoria.
3. Los centros utilizarán los resultados de estas evaluaciones
para, entre otros fines dentro de los legalmente establecidos, organizar
medidas de refuerzo dirigidas a garantizar que todo el alumnado
alcance las correspondientes competencias básicas.
4. Las evaluaciones de la etapa permitirán, junto con la evaluación
de los procesos de enseñanza y la práctica docente, analizar, valorar
y reorientar, si procede, las distintas actuaciones educativas.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA
Enseñanzas del sistema educativo español impartidas
en lenguas extranjeras
1. La Consejería de Educación podrá autorizar que una parte de
las materias del currículo, con la excepción de Matemáticas y Lengua
castellana y literatura, se imparta en lenguas extranjeras sin que
ello suponga modificación de los aspectos básicos del currículo regulados
en el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre.
2. Los centros que impartan materias en lenguas extranjeras
aplicarán, en todo caso, para la admisión de alumnos, los criterios establecidos
en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA
Enseñanza de la Religión
1. La enseñanza de la religión se ajustará a lo dispuesto en la
Disposición Adicional segunda de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación.
2. La Consejería de Educación garantizará que, al inicio de la
etapa, los padres o tutores puedan manifestar la voluntad de que sus
hijos reciban o no enseñanzas de religión. Dicha decisión podrá ser
modificada al principio de cada curso académico. Asimismo se garantizará
que dichas enseñanzas se impartan en horario lectivo y en
condiciones de igualdad con las demás materias.
3. Quienes opten por las enseñanzas de Religión podrán elegir
entre las enseñanzas de religión católica, las de aquellas otras confesiones
religiosas con las que el Estado tenga suscritos Acuerdos
Internacionales o de Cooperación en materia educativa, en los términos
recogidos en los mismos, o la enseñanza de Historia y cultura
de las religiones, cuyo currículo se recoge en el anexo de este Decreto,
y cuya evaluación se realizará en los mismos términos y con
los mismos efectos que las otras materias de la etapa.
4. Los centros docentes, de conformidad con los criterios que
determine la Consejería de Educación, desarrollarán las medidas organizativas
para que los alumnos cuyos padres o tutores no hayan
optado por las enseñanzas de religión reciban la debida atención
educativa, de modo que la elección de una u otra opción no suponga
discriminación alguna, sin perjuicio del respeto al proyecto educativo
y, en su caso, al carácter propio del centro.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA
Educación de personas adultas
1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, las personas adultas que
quieran adquirir las competencias y los conocimientos correspondientes
a la Educación Secundaria Obligatoria contarán con una
oferta adaptada a sus condiciones y necesidades que se regirá por los
principios de movilidad y transparencia y podrá desarrollarse a través
de la enseñanza presencial y también mediante la educación a
distancia.
2. La Consejería de Educación organizará y regulará de forma
específica estas enseñanzas, en el marco de la Disposición Adicional
primera del Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre. En
todo caso, la adaptación de las enseñanzas se atendrá al currículo establecido
en este Decreto.
3. La Consejería de Educación organizará anualmente pruebas
para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente
el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria
siempre que hayan alcanzado las competencias básicas y los
objetivos de la etapa.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Calendario de implantación
1. La implantación de las enseñanzas establecidas en el presente
Decreto tendrá lugar en el año académico 2007/2008 para los cursos
primero y tercero de la Educación Secundaria Obligatoria y en
el año académico 2008/2009 en los cursos segundo y cuarto de dicha
etapa educativa.
2. Los programas de diversificación curricular resultantes de lo
previsto en el artículo 13.2 de este Decreto se implantarán en el año
académico 2007-2008.
3. Los programas de cualificación profesional inicial a los que
se refiere el artículo 14 de este Decreto se implantarán en el año académico
2008-2009.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
En la medida que se vaya implantando la nueva ordenación de la
Educación Secundaria Obligatoria establecida en este Decreto, quedará
sin efecto el contenido del Decreto 34/2002, de 7 de febrero,
por el que se aprueba el currículo de las áreas de conocimiento y materias
obligatorias y opcionales de la Educación Secundaria Obligatoria
para la Comunidad deMadrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID del 12), así como la normativa reguladora de los
programas de garantía social.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Desarrollo normativo
Se autoriza a la Consejería de Educación para dictar cuantas disposiciones
sean precisas para la interpretación, aplicación y desarrollo
de este Decreto.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Entrada en vigor
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 10 de mayo de 2007.
El Consejero de Educación, La Presidenta,
LUIS PERAL GUERRA ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA